A- de 2017
Ponente Iván Humberto Escrucería Mayolo
✓Demandante Alvaro Ivan Tobon Buritica·Demandado Eps Cafesalud
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre los Juzgados Primero Laboral del Circuito y Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Apartadó.
La controversia planteada no recae sobre el conocimiento de una acción de tutela que se encuentre a la espera de ser resuelta por el juez constitucional, sino que versa sobre la consulta de una sanción impuesta en el trámite de un incidente de desacato, por el incumplimiento de la orden proferida por el juez de primera instancia.
La Corte considera que la decisión adoptada por juzgado laboral resultó contraria a la finalidad de la acción de tutela y a los principios de garantía efectiva de los derechos fundamentales, primacía de los derechos inalienables de las personas y de informalidad, sumariedad y celeridad del trámite de la acción constitucional.
La Sala dispone el envío del expediente al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Apartadó, para que conozca de manera inmediata el conocimiento del grado jurisdiccional de consulta del auto proferido por el Juzgado Tercero Promiscuo Municipal de la misma entidad territorial, sin más dilación injustificada, toda vez que el asunto que debió resolverse en un término de 10 días, ha superado los 5 meses sin que haya emitido una respuesta de fondo.
Se previene a esta autoridad para que en lo sucesivo se abstenga de proceder como lo hizo en el presente asunto, en tanto ello se opone a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (11 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS la decision del veinte (20) de enero de dos mil diecisiete (2017), adoptada por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Apartado, que dispuso no asumir la competencia para conocer el grado jurisdiccional de consulta del Auto de 12 de enero de 2017 proferido por el Juzgado
- Tercero. Promiscuo Municipal de Apartado.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2904 al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Apartado, para que asuma de manera inmediata el conocimiento del grado jurisdiccional de consulta del Auto de 12 de enero de 2017, proferido por el Juzgado
- Tercero. Promiscuo Municipal de Apartado.
- Tercero. PREVENIR al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Apartado - para que en lo sucesivo se abstenga de proceder como lo hizo en el presente asunto, en tanto ello se opone a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- Cuarto. COMUNICAR a traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Apartado, al Juzgado
- Tercero. Promiscuo Municipal de la misma ciudad y a las partes, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.